viernes, 23 de mayo de 2008

Interpuesta una demanda por intereses difusos y colectivos contra Telcel C.A. (Telefónica Movistar Venezuela) y Telefónica Móviles S.A.

Ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia fue interpuesta una demanda por intereses difusos y colectivos contra Telcel C.A. (Telefónica Movistar Venezuela) y Telefónica Móviles S.A., acción judicial que fue interpuesta por la Asociación de Usuarios de Servicios Eléctricos de Venezuela (Asuselectric de Venezuela), que en su escrito esgrimió que actúa “invocando los intereses colectivos de sus asociados y los difusos de los Usuarios y Consumidores de los Servicios de Telefonía Fija y Móvil ofertados por la empresa Movistar (…)”. Del escrito presentado ante la Sala del Máximo Tribunal de la República, se desprende, entre otras cosas, que “las promociones sobre conectividad, cobertura y calidad del sistema de telefonía celular de Movistar, desplegadas en Prensa, Radio y Televisión, no pasan de ser lo que describe la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario como ‘Oferta o Publicidad Engañosa’ toda vez que el malestar entre los usuarios de servicio ofertado por Telcel C.A. así lo demuestra con las quejas y reclamos que son de dominio público”. También en su escrito esgrimió Asuselectric de Venezuela que “en los servicios de prepago se desconoce el tiempo y número de llamadas realizadas, toda vez que no existe facturación por ese servicio, colocando en desventaja al usuario y haciéndolo susceptible a cobros indebidos por parte de la empresa Movistar”. En el petitorio del escrito presentado ante la Sala Constitucional Asuselectric de Venezuela solicitó que “una vez resuelto por vía de sentencia o convenimiento entre las partes el objeto del presente procedimiento, se tengan como crédito las cantidades canceladas en exceso por los usuarios del servicio de telefonía celular prepago”. También se solicitó a la Sala del TSJ que “en atención a la Jurisprudencia reiterada de esta Sala Constitucional determine, si la conducta de la empresa Movistar y Agentes Autorizados, se configura como actividades expresamente prohibidas por nuestra Carta Magna”. Asimismo la Asociación de Usuarios de Servicios Eléctricos de Venezuela en el petitorio del escrito presentado ante la Sala Constitucional, solicitó que “ordene a Conatel como ente regulador de las telecomunicaciones la simplificación de los planes tarifarios ajustándolos al resultado de esta decisión, respetando la equidad e igualdad de los usuarios del servicio”

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